
La Secretaría de Comercio del Interior reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de las grandes cadenas de supermercados.
La misma se dirige a los consumidores para que puedan "visualizar primero los productos más accesibles".
Dicha normativa establece que las páginas web de los supermercados, en primera instancia, deberán ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad de medida.
“Los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles", aseguró Comercio Interior, y agregó que “este ordenamiento de la presentación deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria".
A través de la Resolución Nº926/2021 se formalizó la reglamentació que se publicó el pasado viernes en el Boletín Oficial.
Por otra parte, los sitios estarán obligados a indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por la Secretaría de Comercio Interior.
La Ley de Góndolas, la cual está vigente desde marzo de 2020, regula la oferta de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza del hogar y abarca a todas las grandes cadenas de supermercados de todo el país.
Asimismo, la normativa apunta a "mantener la armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley, con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado".























