Tras la aprobación del paquete fiscal y le Ley Bases, el Gobierno publicó la reglamentación de las modificaciones del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes con aumentos notorios en los valores a pagar. Regirá desde el 1 de agosto.
El Gobierno oficializó este miércoles los cambios en el monotributo aprobados con la Ley Bases y el paquete de medidas fiscales. Las modificaciones, que actualizan los topes de facturación y cuotas, comenzarán a regir a partir del 1 de agosto y llegan con importantes aumentos en los montos a pagar, estableciendo así un nuevo golpe al bolsillo de una población exhausta.
La medida fue oficializada a través del decreto 661/2024 publicado en la última edición del Boletín Oficial. Allí se detalla que a partir del 2025, la Afip actualizará los parámetros de facturación en enero y julio de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC y establece que “los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive”.
Con la reglamentación de los cambios quedan vigentes los aumentos en los montos de facturación, que según la categoría suben del 201% al 301%. También aumentan los montos del precio unitario de venta, que para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías; y en los alquileres devengados anuales, que aumentan del 211% al 309%.
Así quedan las nuevas escalas del monotributo
Estas son las escalas de facturación anual máxima por categoría que regirán a partir del 1 de agosto:
Categoría A: pasará de $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%)
Categoría B: pasará de $3.133.941,63 a $9.450.000 (aumento del 202%)
Categoría C: pasará $4.387.518,23 a $13.250.000 (aumento del 208%)
Categoría D: pasará de $5.449.094,55 a $16.450.000 (aumento del 202%)
Categoría E: pasará de $6.416.528,72 a $19.350.000 (aumento del 202%)
Categoría F: pasará de $8.020.660,9 a $24.250.000 (aumento del 203%)
Categoría G: pasará de $9.624.793,05 a $29.000.000 (aumento del 202%)
Categoría H: pasará de $11.916.410,45 a $44.000.000 (aumento del 270%)
Categoría I: pasará de $13.337.213,22 a $49.250.000 (aumento del 269%)
Categoría J: pasará de $15.285.088,04 a $56.400.000 (aumento del 269%)
Categoría K: pasará de $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%)
Cuotas mensuales por categoría: nuevo aumento
Categoría A: de $12.128,39 a $26.600.
Categoría B: de $13.561,75 a $30.280.
Categoría C: de $15.503,51 a $35.458 para servicios y de $15.241,42 a $34.658 para la venta de productos.
Categoría D: para servicios de $19.497,94 a $45.443,80, y de $19.066,46 a $44.343,80 los que venden productos.
Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18 (servicios) y de $24.526,43 a $58.148,18 venta de cosas muebles;
Categoría F: de $33.137,61 a $80.983 para los servicios, y para los que venden productos, de $29.223,11 a $69.783.
Categoría G: de $38.694,95 a $123.696,20 para servicios y de $33.439,61 a $85.296,20 para los productos.
Categoría H: para servicios de $66.111,51 a $280.734,68. Mientras, los que venden bienes, de $56.402,68 a $170.734,68.
Categoría I: la cuota mensual pasaría de $81.121,96 a $255.108,55 para quienes realizan ventas. Los que facturen por servicios y entren a la categoría, en tanto, abonarían $517.608,55.
Categoría J: de $93.619,47 pasaría a $311.931,97 para ventas y llegaría a $626.931,97 en el caso de los servicios.
Categoría K: la cuota mensual se irá de $106.964,65 a $377.084,75. En servicios, ascendería a $867.084,75.