La resolución contempla sanciones para quienes incumplan y no presenten la información requerida dentro del régimen de registración de contratos de locación de inmuebles.
Desde el 1 de marzo los propietarios de inmuebles que estén alquilados deberán inscribir los contratos en el Registro de Locaciones de Inmuebles, tras la reglamentación de este mecanismo que está previsto en la nueva Ley de Alquileres, en lo que se anticipa será una herramienta para evitar la informalidad de las relaciones con los inquilinos.
La resolución general 4.933 fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. Según afirmó Gervasio Muñoz, de Inquilinos Agrupados, a partir de los registros de contratos de alquileres “se abre una nueva etapa en las políticas de vivienda en Argentina”. En ese orden, agregó que “ahora se podrá saber quiénes conforman el negocio del acceso a la vivienda y quiénes alquilan y bajo qué condiciones".
Por otra parte, se estableció que los contratos celebrados desde el 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registro hasta el 15 de abril.
Según información ofrecida por Inquilinos Agrupados, se calcula que el 80 por ciento del mercado se maneja en la informalidad por lo que "es fundamental esta medida para terminar con una evasión multimillonaria, para que los inquilinos reciban facturas y puedan hacer cumplir sus derechos".
Además, aquellos propietarios que quieran llevar adelante juicios de desalojo a futuro deberán haber declarado el contrato de alquiler previamente.