Sociedad - 18 Junio 2022
Nueva segmentación de tarifas de luz y gas

Los usuarios deberán registrarse y firmar una declaración jurada para que la medida entre en vigencia a partir de la energía consumida en junio

Este jueves el Gobierno Nacional anunció oficialmente el nuevo régimen de segmentación de subsidios residenciales para los servicios públicos de electricidad y gas, a través del Decreto 332/2022 publicado en el Boletín Oficial.

El objetivo de este proyecto es identificar al 10% de los usuarios con mayor capacidad de pago, quienes pasarán a abonar la tarifa plena.

El formulario digital que se deberá completar es de simple acceso y será complementado con la atención de las distribuidoras y la ANSES. Mediante la metodología establecida se evaluará la capacidad de pago del hogar a partir de sus condiciones socioeconómicas verificables.

Una vez analizada todas las solicitudes, se conformarán tres niveles según la capacidad de pago del hogar. A partir de allí se evaluará en que nivel estará cada consumidor que serán los siguientes:

Nivel 1: Mayores Ingresos

Estos usuarios que pagarán el costo pleno del gas y/o la electricidad contenido en la factura se reúnen al menos una de las siguientes condiciones:

*Ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT) --unos 330 mil pesos en la actualidad- para un hogar 2 según el INDEC.

* Ser titulares de 3 o más automóviles con antigüedad menor a 5 años.

 *Ser titulares de 3 o más inmuebles

 *Ser titulares de 1 o más aeronaves o embarcaciones de lujo

* Ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

Nivel 2: Menores Ingresos

Son los usuarios a quienes el impacto en la factura que genere la corrección del componente energía equivaldrá a un incremento porcentual total anual en su factura de hasta el 40% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior, en virtud de reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando en conjunto a los integrantes del hogar:

*Ingresos netos menores a un valor equivalente a 1 Canasta Básica Total (CBT) para un hogar 2 según el INDEC

 *Integrante del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)

 *Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM;

*Al menos un o una integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur;

 *Al menos un o una integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a 1,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el INDEC

Por otro lado, se aclaró que no podrán formar parte de este segmento aquellos hogares que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

Sean propietarios o propietarias de 2 inmuebles, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, sean propietarios o propietarias de un vehículo de hasta 3 años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Nivel 3: Ingresos Medios:

Todos los usuarios no comprendidos en los niveles 1 y 2 a quienes al tomar como referencia el ámbito de jurisdicción nacional, el impacto en factura que genere la corrección del componente Energía equivaldrá a un incremento porcentual total anual en su factura no mayor al 80% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior.

Los niveles 2 y 3 no tendrán nuevas modificaciones en los precios de referencia definidos por el Gobierno Nacional en todo el 2022.



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