La normativa que oficializó las nuevas restricciones establece que quien no cumpla las medidas será juzgado de acuerdo a los artículos 205 y 239 del Código Penal.
A partir de esta jornada rige un nuevo decreto que establece la prohibición de circular entre las 0 y las 6 de la mañana, así como la imposibilidad de continuar con la actividad comercial pasadas las 23 horas. En ese marco, se hizo oficial que pena podría caerle a una persona que infrinja con la ley.
El artículo 25 del DNU titulado “Infracciones-Intervención de autoridades competentes”, estableció: “Cuando se constate la existencia de infracción al presente decreto o de otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, se procederá a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”.
En el caso del artículo 205 que forma parte del capítulo IV del Código -Delitos contra la salud pública-, se observa que quien viole las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia “será reprimido con prisión de seis meses a dos años”.
Con respecto al artículo restante, el mismo establece que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
Mientras tanto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, se pronunció sobre las multas que podrían afrontar quienes incumplan con el decreto y reciban una pena pecuniaria, además de la penal. “Queremos que sea un monto significativo en relación a los ingresos. Que sea algo que se sienta, para que funcione como incentivo a cumplir, como hace todo el mundo”,
El texto también establece que hasta el 30 de abril sigue vigente el decreto que prohíbe el ingreso de ciudadanos extranjeros a la Argentina.